El condenado le mostraba videos de pornografía con animales a sus víctimas y hasta obligó a una de ellas a realizar una práctica de ese tipo “con la mascota de un vecino”.
Un hombre de 52 años cuyas iniciales son JRC fue condenado a 20 años de prisión por haber abusado sexualmente de su hija y de la hija de la mujer que era su pareja en la ciudad de Gálvez (departamento San Jerónimo). Las dos víctimas eran menores de edad al momento de ser atacadas.
El tribunal que dispuso la condena estuvo integrado por los jueces Lisandro Aguirre (presidente), Cecilia Labanca y Pablo Ruiz Staiger, quienes resolvieron por unanimidad en relación a las calificaciones legales y por mayoría en relación al monto de la pena. Por su parte, el fiscal que investigó los hechos ilícitos es Marcelo Nessier, quien representó al MPA en el debate junto con el fiscal Alejandro Benítez.
“Los tres magistrados coincidieron en condenar al acusado, y lo hicieron por unanimidad por las mismas calificaciones penales que le habíamos atribuido”, valoró el fiscal Nessier. En relación al monto de la pena, explicó que “la disidencia se produjo porque uno de los magistrados entendía que la pena debía ser mayor a 20 años de prisión”.
Con todo, el fiscal del MPA adelantó que “aguardaremos los fundamentos del tribunal para estudiar los motivos por los cuales resolvieron de esta forma, para analizar la disidencia en relación al monto de la pena y para evaluar los pasos procesales a seguir”.
Prácticas perversas con animales
Los ilícitos investigados por el fiscal Nessier fueron cometidos en reiteradas oportunidades entre 2005 y 2021 en tres viviendas de la ciudad de Gálvez en las que el condenado y las víctimas convivían.
“Los ataques sexuales en perjuicio de la hija de la expareja del condenado fueron entre 2005 y 2012; mientras que los abusos a la hija biológica del hombre investigado fueron entre 2012 y 2021”, precisó el fiscal Nessier. El funcionario del MPA agregó que “si bien hoy las dos víctimas son mayores de edad, al momento de sufrir las agresiones eran niñas que recién iniciaban su escolaridad primaria”.
Nessier hizo hincapié en que “el condenado cometió los ilícitos cuando su pareja no estaba en la casa o mientras dormía, aprovechándose de su carácter de guardador de las dos niñas”.
El fiscal del MPA también indicó que “el hombre de iniciales JRC le mostraba a las dos niñas videos pornográficos, en los que estaban involucrados animales”. En tal sentido, sostuvo que “a una de las niñas la sometió a prácticas sexuales perversas y prematuras con la mascota de un vecino”.
“El condenado amenazaba a las dos niñas”, subrayó el fiscal. “Les decía que si le contaban a su madre algo de lo ocurrido, él se encargaría de matarla y entonces ellas quedarían a su exclusivo cuidado”, agregó.
Nessier argumentó que “las conductas delictivas se enmarcaron en un contexto de violencia de género, en el que el hombre impuso su superioridad física sobre las víctimas, menoscabando el normal desarrollo sexual de ellas, y constituyendo reiteraciones de comportamientos perversos, humillantes y degradantes a los que venía sometiendo a su propia hija y a la hija de su pareja”.
Marcas psicológicas
La investigación se inició en 2021 a partir de la denuncia que radicó la madre de las dos víctimas el 23 de febrero de ese año. Días después, el hombre fue detenido e imputado, y la Fiscalía solicitó su prisión preventiva, la cual fue impuesta en una audiencia realizada el 29 de marzo de 2021.
Nessier reiteró lo que había señalado en sus alegatos: “Los hechos endilgados son de los más aberrantes que se pueden cometer contra niñas, niños y adolescentes, fundamentalmente cuando provienen de una persona de la que se espera protección y afecto”.
El funcionario del MPA también remarcó que “pudimos demostrar la culpabilidad del acusado en todos los delitos que le atribuimos”, y destacó también la tarea llevada a cabo en relación a la “recolección de evidencias de hechos delictivos que fueron cometidos hace mucho tiempo”.
Calificaciones penales
Por los ilícitos en perjuicio de las dos niñas, el acusado fue condenado como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal (reiterado) y abuso sexual gravemente ultrajante (reiterado), en ambos casos, agravados por el carácter de guardador y por la situación de convivencia preexistente. Además, la pena se le impuso como autor del delito de amenazas coactivas y promoción de la corrupción de menores.
Todos los delitos fueron enmarcados por el fiscal en la ley de violencia de género.
Identidad
En relación a la identidad del condenado, solo se informan sus iniciales, para evitar la revictimización de las personas que sufrieron los abusos.
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