En Cámara Gesell, la menor pudo describir que no sabía cómo explicarle con palabras a su mamá lo que había sufrido, pero lo pudo hacer con señas en su propio cuerpo.
Un hombre de 45 años cuyas iniciales son GRV fue condenado a seis años de prisión como autor de delitos contra la integridad sexual de su sobrina menor de edad en Monte Vera. La sentencia fue impuesta en un juicio oral que comenzó el martes de esta semana y que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
La investigación de los ilícitos estuvo a cargo de la exfiscal Celeste Minniti, mientras que en el debate oral, el MPA estuvo representado por las fiscales Jorgelina Mosser Ferro y Rosana Marcolín. Por su parte, el juez Martín Torres fue quien dispuso la condena.
Las funcionarias del MPA valoraron que “la condena fue impuesta por la misma calificación penal que se había planteado en la audiencia preliminar y que retomamos en nuestros alegatos”. También hicieron hincapié en que “el monto de la pena es similar a los siete años de prisión que pedimos desde el MPA”.
Mosser Ferro y Marcolín también remarcaron que “el acusado llegó en libertad al juicio” y agregaron que “solicitamos su prisión preventiva, y el juez hizo lugar a nuestro pedido”.
Situación que no es normal
“La investigación se inició a fines de 2020, cuando la niña pudo expresarle con señas a su mamá los padecimientos que había sufrido”, informaron las fiscales. “En aquella época, la niña tenía edad para asistir al jardín de infantes, sin embargo, los ataques sexuales ya venían siendo cometidos desde una fecha que no pudo determinarse a raíz de que la niña era muy pequeña”, añadieron las funcionarias del MPA en relación a la edad de la víctima.
Mosser Ferro y Marcolín destacaron que “en la entrevista que se le hizo en Cámara Gesell, la niña pudo especificar que su tío le dijo que mantenga en secreto lo ocurrido, pero que ella se dio cuenta que la situación no era normal. También describió que se lo quiso expresar con palabras a su mamá, pero como no supo y ella no la entendía, apeló a comunicárselo con señas en su propio cuerpo”.
Vecinos
Mosser Ferro y Marcolín explicaron que “si bien los ataques sexuales no fueron con acceso carnal, en el informe psicológico realizado se hace hincapié en el impacto psicológico y psíquico sufrido por la niña, y en los conflictos parentales, intrafamiliares y escolares que sobrevinieron a la develación de los abusos”.
En relación al lugar de los ilícitos, las fiscales detallaron que “fueron cometidos en la vivienda que comparten el condenado y su madre, que es lindero a la casa en la que viven la víctima, su madre y su padre”. En tal sentido, informaron que “el abusador es hermano del padre de la niña”.
“El condenado se aprovechó de la vulnerabilidad de su sobrina, quien estaba a su cuidado”, sostuvieron las fiscales en el juicio, y añadieron que “transformó esa convivencia en el medio idóneo para influir en la nula posibilidad de defensa o resistencia de la menor”.
Calificación penal
La pena impuesta al hombre condenado fue por la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante.
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