18/10/2024

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Condena de 7 años por violentar restricciones judiciales e intentar asesinar al novio de su ex pareja

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Se trata de Bruno L. quien resultó condenado mediante Juicio Oral por el intento de homicidio de un hombre y por las reiteradas desobediencias de la orden de prohibición de acercamiento hacia la mujer que resultó damnificada.

 

El tribunal integrado por los jueces Maria Isabel Mas Varela, Gonzalo Lopez Quintana y Carlos Leiva, condenó a Bruno L. a la pena de 7 años de prisión efectiva. Quien representó al Ministerio Público de la Acusación durante el procedimiento judicial fue el fiscal Pablo Socca. Mientras que la querella estuvo constituida por  Machado, Caniglia y Ferrara.

 

Los hechos 

 

La Fiscalía le atribuyó en fecha 11 de enero de 2020, aproximadamente a las 22, haber interceptado a G.R quien había sido pareja de la mujer damnificada, y  en calle Dorrego y 3 de Febrero de Rosario, cuando este se dirigía a un bar y haber intentado dar muerte al mismo utilizando para tal fin una navaja de color roja, negra y plateada, con una hoja de 5 centímetros aproximadamente, clavando la misma primero en su brazo izquierdo, efectuando una herida cortante de 5 cm aproximadamente, mientras le manifestaba a viva voz amenazas e improperios, logrando la víctima esquivar la agresión y salir corriendo, para luego tropezar y caer al piso siendo en ese momento que el imputado se abalanza sobre él, efectuándole un puntazo en dirección a la cara, no logrando su objetivo ya que la víctima logra resistir a su accionar cubriéndose con su brazo, impactándole la navaja en el costado izquierdo de su cara, provocándole así una herida cortante por un arma blanca de 20 cm de largo con compromiso anterior y musculo facial y posible deformación permanente del rostro.

Producto del forcejeo con la víctima, la misma logra incorporarse a fin de pedir auxilio mientras que Bruno L. intenta darse a la fuga retirándose del lugar, siendo seguido por amigos de ésta y personal de seguridad del bar que logran retenerlo en calle Italia al 1300 de esta ciudad, mientras intentaba abordar un taxi, hasta la llegada del personal policial, quienes proceden a su aprehensión.

Asimismo, se le atribuyó haber desobedecido la orden de prohibición de acercamiento y cese de hostigamiento hacia la víctima P.G, expedida en fecha 4 de junio de  2019 por Juzgado de 1ra Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, consistiendo su accionar en concurrir, en fecha 8 de junio de 2019, a un recital en un local de calle Dorrego al 1300 de Rosario, lugar al que la víctima concurriría, a sabiendas de que la encontraría en el lugar, donde le sacó fotos con su teléfono personal a pocos metros de distancia, para luego continuar con su hostigamiento enviándole mensajes por la red social Instagram, en fecha 5 de enero de 2020.

También se le atribuyó el haber ingresado al edificio de calle Santiago 1200 de Rosario, lugar donde residía la llamada víctima contra la voluntad expresa y/o presunta de la misma y en dos oportunidades; en fecha 19 de diciembre de 2018 a las 16,53 momento en el cual traspasó la puerta de ingreso y se introdujo en el interior del palier del edificio dejando un sobre con diversos elementos en su interior, con el fin de que sean recibidos la misma. En fecha 17 de mayo de 2019 a las 17, momento en el cual volvió a atravesar la puerta de ingreso y se introdujo en el interior del palier del edificio y dejando una caja con diversos elementos en su interior, con el fin de que sean recibidos por la mujer damnificada. En circunstancias en que la misma le había comunicado previamente y de manera expresa su voluntad de que se abstenga de escribirle, de acercarse y de contactarla por cualquier medio.

 

Responsabilidad penal 

 

La Fiscalía había solicitado la pena única de 10 años de prisión efectiva, por los delitos de homicidio simple en grado de tentativa y desobediencia a una orden judicial en concurso real con Violacion de domicilio. Por su parte los querellantes solicitaron la pena única de 14 años de prisión efectiva por el delito de homicidio en grado de tentativa.

Los magistrados resolvieron condenar a Bruno L. a la pena de 7 años de prisión efectiva por los delitos de tentativa de homicidio y desobediencia a una orden judicial en concurso real, absolviendo al sindicado por el delito de Violacion de domicilio.