28/03/2024

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Senado: aval al proyecto para evitar prácticas especulativas en tierras incendiadas

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Un plenario de comisiones de Senado pasó hoy a la firma el proyecto de ley que protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de tierras incendiadas en plazos que van de 30 a 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.

Las comisiones de Legislación General y Ambiente dejaron así en condiciones de llevar el texto al recinto en la próxima sesión que se realice la semana próxima, transcurridos los siete días reglamentarios.

Los senadores aprobaron modificar la ley 26.815, de Manejo del Fuego, para que se establezca que quedarán prohibidos durante 60 años desde la extinción de incendios realizar modificaciones en el uso y destino de esas superficies así como cualquier emprendimiento inmobiliario.

En caso de aprobarse en el recinto, el artículo 22 bis quedaría redactado de la siguiente manera: “En caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, se prohíbe por 60 años desde su extinción modificar en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio”.

También se prohibirá durante ese lapso “la división o subdivisión, excepto que resulte de una partición hereditaria, el loteo, fraccionamiento o parcelamiento, sea parcial o total, o cualquier emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares”.

La propuesta prevé no permitir, además, “la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales; y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio”.

En la iniciativa se establecen las mismas restricciones pero por 30 años en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural.

Allí se impedirá durante ese lapso emprendimientos inmobiliarios, cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio y la modificación de uso de una superficie con el fin de desarrollar prácticas agropecuarias intensivas, excepto en los casos que dichas prácticas y modalidades hubiesen antecedido al evento.

La presidenta de la Comisión de Legislación General, Ana Almirón, destacó la importancia de la norma “para proteger nuestro medio ambiente” y advirtió que “todos saben lo que pasó en la Argentina que ardió en llamas y todavía siguen los focos de incendios y sequías”.

En representación de la oposición, Gladys González, presidenta de la comisión de Ambiente, manifestó su rechazo a la propuesta tal como fue redactada por considerar que “es inconstitucional porque avanza sobre facultades provinciales”.

La iniciativa -impulsada por presidente del bloque del Frente de Todos en Diputados, Máximo Kirchner- se aprobó el 18 de noviembre en la Cámara baja tras fuertes cruces con gritos incluidos entre legisladores del oficialismo y de Juntos por el Cambio.