Se autorizan hasta 6 comensales, tanto en exterior como interiores. En espacios cerrados podrán funcionar con hasta un 50% de su capacidad. La distancia entre mesas se reduce a 1,20 metro.
A través de la Resolución 147 fechada este viernes 11 de diciembre, la Secretaría de Gobierno municipal dispuso que los locales habilitados como bares, restoranes, cantinas sin show, bar americano, heladerías y minimercados de estaciones de servicio podrán ampliar su factor de ocupación hasta un 50% en espacios cerrados, debiendo garantizar la adecuada ventilación del lugar.
En su artículo 2°, la referida norma faculta además a los comercios mencionados a ampliar la cantidad de comensales por mesa tanto en lugares cerrados como en espacios exteriores hasta un máximo de 6 personas -indistintamente de si constituyen o no grupo familiar o burbuja social-, disposición que sólo rige para mesas, no considerándose para ello barras, tablas o instalaciones similares.
Además, a través de su artículo 3° la resolución reduce a 1,20 metro la distancia mínima exigible entre una mesa y otra, medida desde sus límites.
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